• La regularización extraordinaria supone «un avance necesario en la lucha contra la pobreza y la exclusión social a la que se ven abocadas muchas personas migrantes en nuestro país», señalan desde la Entidad.
• Las solicitudes podrán presentarse desde el 16 de abril de forma telemática. Ese mismo día se abrirá también la solicitud de cita previa para la atención presencial, que comenzará el lunes 20 de abril.
• Desde EAPN-ES destacan la labor de la sociedad civil para llevar a cabo esta medida, y piden al Gobierno y a las diferentes Instituciones implicadas colaboración para que ninguna persona quede fuera por barreras administrativas.
14/04/2026 | EAPN – Notas de prensa
La Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en España (EAPN España) valora positivamente la aprobación por parte del Gobierno de la regularización administrativa extraordinaria de personas migrantes que ya residen en España, acordada este martes 14 de abril, al considerar que abre “una oportunidad relevante para reducir la pobreza y la exclusión debida a la falta de derechos asociada a la situación administrativa irregular”.
El proceso, que se publicará en el BOE el 15 de abril, permitirá presentar solicitudes de forma telemática a partir del día 16, mientras que la atención presencial comenzará el 20 de abril. El plazo se extenderá hasta el 30 de junio de 2026 y contempla tanto canales digitales como presenciales, además de asistencia gratuita a través de entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería.
Desde EAPN España se destaca que esta medida puede beneficiar a más de 700.000 personas que ya viven en España y que, en muchos casos, se ven empujadas a la economía informal, la precariedad laboral y la exclusión residencial como consecuencia de su situación administrativa. “La regularización no debe entenderse como una excepción, sino como una herramienta para garantizar derechos, prevenir la explotación y construir una sociedad más cohesionada”, señalan desde la entidad.
La norma fija requisitos como acreditar estancia previa en España antes del 1 de enero de 2026, una permanencia continuada mínima de cinco meses y la ausencia de antecedentes penales. Asimismo, contempla el acompañamiento por parte de entidades sociales, un elemento que EAPN España considera especialmente positivo en procedimientos complejos, en línea con experiencias previas como la implantación del ingreso mínimo vital.
La entidad subraya que esta medida debe aplicarse desde un enfoque de derechos humanos. El derecho internacional reconoce la libertad de circulación, el acceso a la protección internacional o la igualdad de trato, mientras que organismos como la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos recomiendan establecer mecanismos de regularización para personas que ya han generado vínculos sociales, laborales o familiares en el país de residencia.
UN PROCESO CON “TODAS LAS GARANTÍAS”
Aunque desde EAPN España han valorado positivamente la medida, muestran también su preocupación por las limitaciones que pueden dificultar el acceso efectivo al proceso. Entre ellas, destaca el breve plazo de solicitud, que podría resultar insuficiente para reunir la documentación necesaria; el riesgo de exclusión administrativa vinculado a las barreras digitales, idiomáticas o de movilidad; y la ausencia, por el momento, de medidas específicas para personas en situación de pobreza, como exenciones de tasas o el reconocimiento explícito de la vulnerabilidad social.
Según los datos del XV Informe El Estado de la Pobreza de EAPN-ES, más del 50 % de las personas de nacionalidad extracomunitaria en España se encuentran en riesgo de pobreza o exclusión social, mientras que entre las personas con nacionalidad comunitaria este riesgo se sitúa en torno al 35 %.
Frente a los discursos que asocian falsamente migración y pobreza, desde la entidad señalan que más del 70 % de las personas en situación de pobreza en España son de nacionalidad española, lo que evidencia que esta problemática no tiene su origen en la migración, sino en la falta de acceso efectivo a derechos, recursos y oportunidades.
“La irregularidad administrativa intensifica estas desigualdades al restringir el acceso al empleo con derechos, a la protección social y a una vivienda adecuada, empujando a muchas personas a la economía informal, a condiciones laborales precarias y a situaciones de inestabilidad residencial”, explican desde la Red.
En este sentido, EAPN España insiste en la necesidad de reforzar las garantías del procedimiento para evitar que, una medida positiva en su planteamiento reproduzca desigualdades en su aplicación. Entre sus propuestas, la entidad reclama reconocer expresamente la pobreza y la exclusión social como factores de vulnerabilidad, facilitar exenciones o aplazamientos de tasas para personas con bajos ingresos, no penalizar la falta de empadronamiento y ampliar el papel y los recursos del Tercer Sector para el acompañamiento en el proceso.
“La regularización extraordinaria será realmente eficaz si se aplica con enfoque de derechos, información accesible y acompañamiento suficiente”, concluyen desde EAPN España. “Combatir la pobreza también implica eliminar las barreras administrativas que condenan a miles de personas a la informalidad y la exclusión. Regularizar es proteger derechos, reducir desigualdades y fortalecer la cohesión social”.
REQUISITOS Y PLAZOS DE ACCESO
Según ha informado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, al procedimiento podrán acogerse quienes acrediten haber residido en el país antes del 1 de enero de 2026 y haber mantenido una permanencia continuada de al menos cinco meses en el momento de la solicitud, pudiendo justificarse mediante distintos documentos de arraigo o estancia en el territorio, tanto públicos como privados.
En cuanto a los requisitos generales, será necesario no contar con antecedentes penales ni en España ni en el país de origen. Además, las personas solicitantes deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones: acreditar vinculación laboral, formar parte de una unidad familiar con menores o personas dependientes, o encontrarse en situación de especial vulnerabilidad debidamente acreditada.
Respecto a los plazos, el Real Decreto entrará en vigor el 16 de abril, fecha en la que se abrirá el plazo para la presentación de solicitudes de forma telemática a través de la plataforma ‘Mercurio’. Desde ese mismo día, también será posible solicitar cita previa para la tramitación presencial, un procedimiento que será gratuito.
Asimismo, a partir del 20 de abril se habilitará la presentación de solicitudes de manera presencial en los puntos establecidos para ello. El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 30 de junio, fecha en la que finalizará el periodo de registro, aunque a partir de ese momento continuará el análisis y la evaluación de las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido.

